DA LEGALS
Asesoría jurídica de empresa

Mercantil y societario

Los acuerdos que sostienen la sociedad y la relación entre socios

Los estatutos regulan la sociedad frente a terceros; lo que ocurre entre los socios —qué pasa si uno se va, se muere, quiere vender o deja de aportar— se regula en el pacto de socios, y en la mayoría de las sociedades pequeñas nunca llega a otorgarse. Mientras hay acuerdo no se nota. Se nota el día que deja de haberlo, y entonces ya no se puede pactar.

La otra mitad del área es de estructura: cómo se organiza el grupo, dónde están los inmuebles y dónde el riesgo de la actividad, y qué se firma cuando se compra o se vende una empresa.

Ninguna de estas operaciones se decide sin mirar su coste fiscal, así que la planificamos contando con él y en coordinación con tu asesor fiscal. La llevanza fiscal recurrente —declaraciones periódicas y contabilidad— no forma parte de nuestros servicios.

Qué revisamos

Pacto de socios

Mayorías reforzadas, entrada y salida de socios, régimen de transmisión de participaciones, prestaciones accesorias, dedicación y no competencia, y qué ocurre en caso de fallecimiento o bloqueo.

Órganos de administración

Forma de administración que conviene a cada sociedad, retribución del cargo y su reflejo en estatutos, deberes de diligencia y lealtad, conflictos de interés y responsabilidad del administrador.

Holdings y estructura del grupo

Separación de la actividad respecto del patrimonio, aportaciones no dinerarias, canje de participaciones y flujos entre sociedades del grupo, incluida su documentación.

Compraventa de empresa

Carta de intenciones, confidencialidad, revisión previa, contrato de compraventa con sus manifestaciones y garantías, y el régimen de responsabilidad del vendedor posterior al cierre.

Contratos mercantiles

Distribución, agencia, suministro y prestación de servicios recurrentes: duración, exclusividad, causas de terminación e indemnización por clientela cuando procede.

Sucesión y protocolo familiar

Ordenación del relevo generacional, encaje con el testamento y con el régimen económico matrimonial, y reglas de entrada de la siguiente generación en el capital y en la gestión.

Cuándo conviene una consulta

Situaciones concretas en las que una conversación breve antes de decidir evita, en la mayoría de los casos, un procedimiento posterior.

  • Vais a constituir una sociedad con más de un socio.
  • Entra un socio nuevo, o uno de los actuales quiere salir.
  • Un socio ha dejado de aportar lo que se esperaba de él y no hay nada por escrito.
  • Estás valorando separar los inmuebles de la sociedad que opera.
  • Te han hecho una oferta de compra, o vas a comprar tú.
  • La empresa pasa a la siguiente generación y hay hijos dentro y fuera del negocio.

Honorarios y dirección del asunto

Presupuesto cerrado por actuación, o cuota mensual cuando el volumen lo justifica. El importe y su alcance quedan fijados por escrito antes de iniciar cada actuación.

La dirección del asunto corresponde a Josep o a María Doménech Aviñó, colegiados nº 12.981 y 20.288 del ICAV. La interlocución es directa con el abogado que lleva el expediente.

Cuanto nos traslades queda amparado por el deber de secreto profesional del artículo 542.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, también en la primera consulta y aunque después no llegues a contratar.

Hablemos del caso concreto

Indícanos la situación y te trasladamos cómo la abordaríamos y qué documentación resulta necesaria. Respondemos en menos de 24 horas laborables.