DA LEGALS
Asesoría jurídica de empresa

Datos y tecnología

La inteligencia artificial que ya usas, y los datos que trata

El reglamento europeo de inteligencia artificial se aplica de forma escalonada y no alcanza sólo a quien desarrolla la tecnología: obliga también a la empresa que se limita a usar herramientas de terceros, que es la situación de la mayoría. Las obligaciones dependen del uso concreto que se le dé a cada sistema, no del sector en el que estés.

Debajo de eso hay algo más antiguo y más frecuente: contratos con proveedores tecnológicos que nadie leyó, datos personales tratados sin base clara, y trabajo generado con herramientas cuya titularidad no está resuelta.

Qué revisamos

Inventario de sistemas

Qué herramientas se usan realmente en la empresa, para qué y con qué datos, incluidas las que ha ido incorporando cada departamento por su cuenta. Sin ese inventario no puede clasificarse ningún riesgo.

Uso de IA en decisiones sobre personas

Cribado de candidatos, evaluación del desempeño, control de la actividad laboral: es el terreno donde las obligaciones son más exigentes y donde el conflicto con la plantilla llega antes.

Política de uso interno

Qué puede hacer un empleado con estas herramientas y qué información no debe introducir en ellas, con la formación y el registro que acreditan que la política se comunicó.

Contratos con proveedores

Licencias de software y servicios en la nube, encargos de tratamiento, niveles de servicio, uso de vuestros datos para entrenar modelos del proveedor, y qué ocurre con la información el día que se termina el contrato.

Protección de datos

Registro de tratamientos, bases de legitimación, información a los interesados, transferencias fuera de la Unión Europea y respuesta ante una brecha de seguridad, que tiene plazo corto.

Titularidad de lo que se genera

De quién es el software, la base de datos o el material producido con herramientas de terceros, y qué hay que pactar con empleados y con proveedores externos para que la empresa sea efectivamente titular.

Cuándo conviene una consulta

Situaciones concretas en las que una conversación breve antes de decidir evita, en la mayoría de los casos, un procedimiento posterior.

  • Vais a implantar una herramienta de inteligencia artificial en algún proceso de la empresa.
  • La usáis ya para cribar currículos o para evaluar a la plantilla.
  • Un proveedor accede a datos de vuestros clientes y el contrato no dice qué puede hacer con ellos.
  • Queréis aprovechar los datos que tenéis para un uso distinto de aquel para el que se recogieron.
  • Habéis sufrido un acceso no autorizado o una pérdida de información.
  • Desarrolláis software o vendéis un producto digital y no está claro quién es su titular.

Honorarios y dirección del asunto

Presupuesto cerrado por actuación, o cuota mensual cuando el volumen lo justifica. El importe y su alcance quedan fijados por escrito antes de iniciar cada actuación.

La dirección del asunto corresponde a Josep o a María Doménech Aviñó, colegiados nº 12.981 y 20.288 del ICAV. La interlocución es directa con el abogado que lleva el expediente.

Cuanto nos traslades queda amparado por el deber de secreto profesional del artículo 542.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, también en la primera consulta y aunque después no llegues a contratar.

Hablemos del caso concreto

Indícanos la situación y te trasladamos cómo la abordaríamos y qué documentación resulta necesaria. Respondemos en menos de 24 horas laborables.